Pronunciamiento de la AVDT ante la reciente publicación de la ley de registros y notarías

Pronunciamiento de la AVDT ante la reciente publicación de la ley de registros y notarías

  1. En la Gaceta Oficial No. 6.668 Extraordinario de fecha 16 de diciembre de 2021, fue publicada la Ley de Registros y Notarías (LRN), la cual responde más bien a una reforma parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Registros y del Notariado (2014). Dado que el contenido de esta reforma está dirigido a establecer las cuantías y fórmulas de determinación de las tasas por la prestación de los servicios que se prestan en las oficinas de registro y notarías adscritas al Servicio Autónomo de Registros y Notarías; y en virtud de los notables vicios que presenta dicho instrumento, la AVDT realiza el presente pronunciamiento a la comunidad jurídica y al país en general.
Presidente de la Cámara de Caracas exhorta a realizar las reformas necesarias para iniciar recuperación económica en 2022

Presidente de la Cámara de Caracas exhorta a realizar las reformas necesarias para iniciar recuperación económica en 2022

     El presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Caracas, la Cámara de Caracas, Leonardo Palacios, cree que la solidaridad del venezolano y el compromiso de los empresarios con el bienestar del país y la generación de riquezas fueron la llave para enfrentar las dificultades en 2021. Esos esfuerzos, considera Palacios, deben estar acompañados por medidas que permitan iniciar la recuperación de la economía en 2022.

     Insta al respeto a la institucionalidad, a recobrar el valor del respeto a los derechos fundamentales de propiedad y libertad económica, y a profundizar la desregularización de la economía, con transparencia administrativa, evitando la opacidad en las informaciones macroeconómicas.

     El presidente de la Cámara de Caracas, en una exhortación reiterada a los órganos del Poder Público, plantea que es necesaria una reforma impositiva que elimine el Impuesto al Gran Patrimonio, sincere el Impuesto al Valor Agregado, y adelante una verdadera armonización de la tributación no solamente municipal y nacional en los impuestos a las actividades económicas y mobiliario urbano, sino una armonización general en relación a la tributación nacional con la municipal en el IVA, y otros impuestos que tengan incidencia sobre la actividad económica, así como también a la tributación estadal.

     Palacios sostiene que para garantizar la inversión nacional y extranjera urge el respeto a la institucionalidad, así como también una normativa transparente, con participación del sector privado, en los procedimientos constitutivos, que permitan fortalecer el proceso industrial mediante la liberación aduanera, el suministro de combustible y el evitar los abusos en la circulación de bienes.

     En 2022 la Cámara de Caracas seguirá propiciando espacios para el diálogo y la presentación de propuestas para un mejor país.

Aniversario Universidad Central de Venezuela

Aniversario Universidad Central de Venezuela

     La Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Caracas, La Cámara de Caracas, se suma a la celebración del tricentenario de la Universidad Central de Venezuela.

     Leonardo Palacios, presidente de La Cámara de Caracas, considera que instituciones como la UCV, de esencia académica, se fortalecen en el tiempo como espacios naturales para la formación de generaciones de pensamiento crítico y ciudadano. A 300 años de su fundación, pese a las dificultades, la UCV profundiza su papel formador, además de propiciar el debate crítico y propositivo.

Palabras pronunciadas por el Presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Comercio de Caracas, Leonardo Palacios, en la conferencia dictada por el Dr. Allan Brewer Carías sobre la Reforma de la Administración Pública entre 1958-1972.

Palabras pronunciadas por el Presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Comercio de Caracas, Leonardo Palacios, en la conferencia dictada por el Dr. Allan Brewer Carías sobre la Reforma de la Administración Pública entre 1958-1972.

     Es motivo de regocijo institucional asomándonos hoy en los balcones de nuestra institución, que celebra su mes aniversario, específicamente, su centésimo vigésimo octavo aniversario en la oportunidad de abordar un tema tan importante como necesario, como es el relativo a la reforma del Estado.

     En esta ojeada inspirada en la necesidad de la reinstitucionalización del país, cimentada en la angustia de volcar toda su representatividad , crítica y propositiva para expresar nuestra preocupación por el deterioro y corrosión vertiginosa de la institucionalidad, que constituye la columnata del Estado democrático de derecho, ofreciendo su apoyo para contribuir, en y desde los escenarios propicios y mediante las vías constitucionales a su reconstrucción.

     En esta contradicción de sentimientos, que enmarca nuestro mes aniversario, por un lado, la satisfacción de ver consolidada nuestra institución como pilar fundamental de la expresión del empresario organizado con reconocimiento de la calidad y valor de su ininterrumpida actuación, pero por el otro lado, la angustia creciente, que trasciende la mera representación empresarial, que ve seriamente lesionado sus derechos fundamentales, de sus afiliados en su doble rol de empresarios y ciudadanos, que en ejercido de la función empresarial conjugan los esfuerzos mancomunados de los factores de producción que siguen apostando al país.

     En efecto, la amplia gama del empresariado (industrial, comercial y prestador de servicios de índole y naturaleza diversa) nos preocupa responsablemente la situación ruinosa de la estructura estatal, pues la carta de derechos fundamentales contenidos en nuestro estatuto constitutivo como sociedad, es sistemáticamente inobservada mediante formas ajenas, incluso, proscritas por los principios y valores del Estado de derecho.

     Hoy ratificamos la necesaria convergencia de todas las instituciones comprometidas con nuestro devenir, que comparten la angustia que se traducen en acciones concretas y proactividad permanente por la reinstitucionalización del país y, por tanto, la refacción del Estado de derecho.

     Hoy nos retroalimentándonos con la presencia de centenarias instituciones, que se constituyen en la conciencia rectora de las acciones que alertan en relación a las pretensiones de profundizar la agónica existencia y expresión funcional de un Estado de mandatos y no derechos, de imposiciones y no de consensos, de predominio de un órgano del Poder Público, que niega la separación e independencia de sus pares para consolidar las bases autoritarias, la tergiversación de nuestra historia y la mediatización de la formación de nuestra juventud en la universalidad de la creación libre y el pensamiento.

     Hoy celebramos el concurso de las Academias de Ciencias Políticas y Sociales, Nacional de la Historia, doctas Corporaciones que se encuentran en la vanguardia de la veeduría de la institucionalidad democrática y curadores de nuestros valores y conciencia histórica original, junto a la Universidad Católica Andrés Bello, baluarte de excelencia y muro de contención para frenar las pretensiones de alejarnos de la formación universitaria global, fuente de formación de ciudadanía.

     Y este concurso se hace en torno a una persona que, sin duda alguna, es sinónimo de Derecho público, es el ejemplo más acabado de la formación de profesionales en esta rama de nuestra ciencia, es la representación genuina de un jurista integral, que ha recorrido con intensidad todas y cada una de las áreas del Derecho Público abordando el complejo y disímil aristado del estudio del Estado, con profundidad y denuedo, siendo una fuente permanente de propuestas, que son el resultado del análisis historiográfico, del diagnóstico, la crítica y la revisión exhaustiva de las instituciones. Labor intelectual que se registran en la prolijidad de su obra, el ejercicio de la cátedra universitaria, la tribuna de las instituciones académicas nacionales y extranjeras que reclaman su presencia y el desempeño de la función pública.

     Este gran venezolano, que no requiere mayor presentación pues no solo los profesiones del Derecho requieren constantemente su presencia en sus específicos ámbitos de actuación y lo reclaman como propio sino es parte activa de la venezolanidad, pionero en el uso de la expresión y voz calificada de alerta de su procedencia perentoria, como lo es la reforma del Estado.

     Él conjuga en sí mismo estudio, actuación y propuesta en esa política pública que debe ser permanente y objeto de auspicio por todos los factores institucionales.

     Él conoce la profundidad, las fortalezas y las debilidades de los distintos niveles del Poder Público expresados en la distribución territorial, de la cual emergen la República, los estados y los municipios; conoce la distribución funcional de la organización del Estado; conoce a cabalidad las atribuciones y competencias que le son propias tanto de las entidades públicas de base territorial como aquellas expresiones funcionales, que son producto del ejercicio de la autonomía que le es atribuida.

     Él se constituyó en gran facilitador y motor del proceso de descentralización no sólo desde el punto de vista administrativo sino en la complejidad de la transferencia completa del poder con todas sus manifestaciones.

     A él sin duda puede conferírsele, sin visos de lisonjas y compromisos protocolares, ser el gran factor desencadenante de la sistematización del estudio del Derecho Público en Venezuela.

     Con esa breve semblanza, todos sabemos que nos referimos al Dr. Allan Brewer Carías abogado con amplia formación vivencial como funcionario público a nivel de la Administración activa, consultiva y controladora, legislativo y constituyente; un ejercicio profesional privado de amplio reconocimiento y una labor docente, que traspasa nuestras fronteras.

     Sin lugar a equivocarnos, puede afirmarse, que desde sus inicios como estudiante de derecho y a través de su larga trayectoria ha sido constante su preocupación por la modernización, eficacia y eficiencia del Estado.

     Hoy en el escenario propiciado por el Comité de Historia de nuestra institución, que viene realizado la extraordinaria labor de divulgación, reforzamiento y realce de valores cívicos, el cual está a cargo de nuestra muy apreciada Dra. Catalina Banko, estudiosa y experta conocedora de la Historia económica y empresarial del país e Individuo de Número de la Academia nacional de la Historia y profesora del UCAB, tenemos la excepcional oportunidad de contar con la presencia del doctor Brewer Carías, que de manera entusiasta inmediata aceptó nuestra invitación.

     Acompañarnos en el día de hoy, en nuestro mes aniversario para darnos una visión histórica de lo que fue el proceso de reforma de la Administración Pública nacional iniciado en el año de 1958 y, en especial, dar una visión de ese extraordinario informe que contiene sus propuestas y su actuación a cargo de la Comisión de Administración Pública, es una invaluable

     Con el maestro Brewer Carias se requeriría varios meses para analizar todos y cada uno de los aspectos de esa propuesta, que comenzó por ser parcial en función a la Administración Pública Nacional pero que con el transcurso de los años, se gestó la necesidad de la Reforma del Estado. Todos sabemos los lamentables resultados que arrojó el haber arrinconado las propuestas que nuestro invitado forjó, en una primera instancia, y que luego se fueron incubando en la Comisión Presidencial para la Reforma del Estado (Copre).

     Quiero reiterarle, en nombre del Comité Ejecutivo de la Cámara de Comercio, Industria y los servicios de Caracas- La Cámara de Caracas- nuestro profundo agradecimiento al doctor Brewer Carias por su siempre dispuesta voluntad de colaborar y por sus contribuciones, que una de ellas, pronto tendrán en sus manos en el primer número del Boletín a la nueva etapa que se inicia, y que sin duda alguna, será fuente fundamental etapa conocer la historia económica y empresarial del país.

     En Caracas a los trece días del mes de noviembre de 2021.

Palabras pronunciadas por el Presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Comercio de Caracas, Leonardo Palacios, en la conferencia dictada por el Dr. Allan Brewer Carías sobre la Reforma de la Administración Pública entre 1958-1972.

Palabras de Leonardo Palacios, presidente de la Cámara de Caracas en la conferencia sobre la Reforma del Estado, dictada por el Dr. Carlos Blanco.

         Sin duda alguna, uno de los aspectos fundamentales que representó una causa eficiente del desplome del sistema de libertades públicas instaurado a partir de febrero de 1959, del desgaste insalvable de la dirigencia política del país, en lo que al parecer empíricamente reflejan ciclos de aproximadamente cuatro décadas de crisis y recuperación, en el proceso político de continuidad y ruptura que se da en nuestro país, fue haber preterido con eficiencia, prontitud y voluntad política sobre bases consensuales el proceso de reforma del Estado, que venía reclamando la sociedad venezolana, lo cual se intensificó en los últimos los de los de la segunda república liberal democrático.

         La Constitución de 1961 fue la expresión más sublime y acabada del denominado pacto político o consociacional, que representó el Pacto de Puntofijo celebrado por las fuerzas políticas coincidentes en la visión y misión del Estado, en cuanto al régimen democrático que se estaba instaurando, pacto político que si instrumento gracias al compromiso sólido a través de un plan mínimo de gobierno.

         Las expectativas creadas fueron importantes, las bases para la ejecución constitucional comenzaron a ser sólidas, pudo enfrentarse los acechos proveniente de los extremismos de presión política, que se reflejaban en la visión militarista abandonada el 23 de enero de 1958 y los de la izquierda insurgente en Latinoamérica a partir del triunfo de la revolución cubana, que tuvo con importante resonancia, en la fuerza en interna del primer partido nacional y de gobierno -Acción Democrática-; la expresión icónica y obra maestra de la visión política de Rómulo Betancourt, que por cierto recientemente arribó a su octogésimo aniversario de fundada, sismos que irradió a la juventud, a las Fuerzas Armadas Nacionales y sectores empresariales, que percibieron eventuales lesiones de una Estado fuertemente intervencionista, que buscaron soporte en los sectores petroleros norteamericanos afectados por una reforma impositiva, pero que lograron alinearse en apoyo al reciente gobierno con la llamada Carta económica de Mérida.

         Un sistema político, cuya columnata eran las instituciones partidistas, vehículos de comunicación entre el Estado y la sociedad civil, que pronto resultaron insuficientes, pleno de distorsiones y que se convirtieron al poco tiempo en escollos difíciles de solventar para lograr la más eficiente y oportuna funcionalidad institucional.

         Desde el año 1958, comenzó a hablarse de la necesaria reforma de la Administración Pública con ahínco y fuerza importantes en los periodos constitucionales de Rómulo Betancourt y Raúl Leoni pero que la dinámica de la controversia política no permitió adelantos ni realizaciones significativas.

         No obstante, el resultado tangible, sistémico, de mayor amplitud y extensión fue el informe contentivo de los intensos trabajos realizados entre 1969 y 1972, presentados por la Comisión de Administración Pública, que estuvo a cargo del doctor Allan Brewer Carias, a quien tendremos en estos mismo espacios virtuales el día 11 de noviembre de 2021, en el marco de las actividades conmemorativas del centésimo vigésimo octavo aniversario de la constitución la Cámara de Comercio, Industria y los Servicios -La Cámara de Caracas- matriz de la institución gremial venezolana.

         Estamos convencidos que esté deslave institucional, reduccionismo del espacio de eficacia de los derechos fundamentales, alejado de los corolarios fundamentales del Estado de derecho, que los padres fundadores de la democracia tuvieron presentes y que constituyó su orientación en su accionar político en los difíciles años de la década de los 60, no fue el resultado de la irrupción de algún inesperado o imprevisible.

         Más por el contrario, fue el cansancio acelerado y la miopía de una dirigencia, que al haber asumido las riendas de la conducción del Estado, se vio sobrepasada por una sociedad civil, suerte de clasificación etérea y de conformación de una antípoda, para diferenciar todo aquello que era distinto a la sociedad política y partidista.

         Una situación que derivó en falencias de respuestas inmediatas a sus demandas, pretensiones y legítimos deseos de participar en la toma de decisiones, que le dieran vitalidad a un pilar fundamental como es la democracia representativa, poleas que permiten la actuación de los órganos del Poder Público pero que requería el complemento de la participación de la sociedad civil en el fortalecimiento de las bases consensuales que definían y fortalecían la institucionalidad, qué debieron permitir la consolidación y sustentación del régimen democrático permitiendo la despresurización de las exigencias de índole diversa de la población..

         Surgió de esta manera la Comisión Presidencial para la Reforma del Estado (COPRE) durante el gobierno del ex presidente Jaime Lusinchi, convirtiéndose inmediatamente esta expresión de instancia consultiva, en una inmensa incomodidad para esa dirigencia política que no entendió y se resistía a dar respuesta pertinente, propia e inherente a las expresiones de cambio del Estado democrático, es decir, en la redefinición de las bases consensuales de su funcionalidad.

         Estamos seguros que de haberse oído, discutido a plenitud por todos los sectores, específicamente, por las élites políticas económicas y sociales del país las propuestas de la COPRE, otra sería nuestra situación.

         La COPRE era el escenario y el derrotero adecuado. No fue una instancia soberbia o excluyente, sino más por el contrario, una instancia de reencuentro, discusión abierta, análisis propicio, debate con seriedad y con prospección en la cual se representaban todas las visiones del país y diferentes posiciones ideológicas.

         La actividad de la COPRE fue encomiable, integrada por comisionados que eran personas de trayectoria reconocida, intelectuales de ideología disímil, comprometidos con el país y preocupados con su devenir, que estuvieron asistidos por de un destacado grupo de profesionales de distintas áreas, que realizaron un trabajo afanoso, de ritmo frenético que fue una cantera enorme y extraordinaria de propuestas, que hubiesen permitido establecer un remozamiento necesario y urgente, pero sobre todo, que suministraban el reforzamiento de la base de sustentación del Estado democrático de derecho, cómo lo evidencian la cantidad de informes, publicaciones y eventos que realizó esta instancia que demostró que el país tiene recursos intelectuales suficientes de valía y que cuando se concita con sistematización, seriedad y compromiso las voluntades del venezolano pueden lograrse cosas extraordinarias.

         No obstante, poco caso se le hizo al trabajo de la COPRE. Una dirigencia desvencijada, a la cual le llegó el lapso de caducidad y siguieron operando, se vieron pronto amenazadas y con el temor de ser sobrepasadas por un movimiento ajeno a los partidos, con mayores condiciones y cualidades de sobrevivencia y entendimiento del Estado. Si hubiesen permitido el espacio y la confluencia entre los distintos factores, se habría brindado la oportunidad de salvar la democracia.

         Por todas estas razones expuestas, en el marco de la existencia y objetivos del Comité de Historia de nuestra institución, que integran destacados investigadores, profesores universitarios e Individuos de Número de la Academia Nacional de la Historia, otra institución centenaria, que nos acompaña y se erige en prestigiosa aliada, lo cual, nos llena de orgullo, nos hace sentir honrados y muy comprometidos, resulta placentero contar entre nosotros al doctor Carlos Blanco, ex presidentes de la COPRE, y luego como resultado de su extraordinaria gestión, y en virtud de la importancia que el ex presidente Carlos Andrés Pérez otorgaba a la necesidad de reformar el Estado, se desempeñó como ministro para la reforma del Estado.

         Carlos Blanco un hombre que amalgamó a los integrantes de la COPRE, entusiasmó a sus asesores, llevó el tema de la reforma del Estado a la palestra de la discusión pública e hizo aflorar a la superficie a actores institucionales, que permanecían al margen del debate de las políticas públicas. Asumió con entereza y gallardía, enfrentando grandes opositores, la responsabilidad que le fuera asignada; se convirtió en un catalizador importante dentro del gobierno de Pérez para lograr y vender la necesidad de esta política pública, que debería ser permanente. La historia demostrará cómo su esfuerzo personal y la institucionalidad que ayudó moldear, hubiese podido defender a la democracia de los acechos que la rodeaban, que luego lograron vencieron y la degradaron.

         Agradezco al doctor Carlos Blanco su presencia, su inmediata y entusiasta aceptación a la invitación que le extendimos hace algunas semanas.

         Finalmente, mi agradecimiento y reconocimiento a la doctora Catalina Banko, incansable colaboradora, que tuvo el tino de escoger el hilo temático inicial del Comité para ir adentrándonos en el estudio y en la sistematización de la historia económica y empresarial venezolana a partir de este hecho significativo histórico cómo fue la actividad de la COPRE.

         En Caracas a los siete días 7 del mes octubre de 2021.

    Pronunciamiento de La AVDT frente al “Impuesto a los grandes patrimonios”

    Pronunciamiento de La AVDT frente al “Impuesto a los grandes patrimonios”

    1. La Asociación Venezolana de Derecho Tributario (AVDT) con motivo del dictado de la “Ley Constitucional que crea el impuesto a los grandes patrimonios”[1] por la denominada “Asamblea Nacional Constituyente”, en fecha 18 de julio de 2019, realizó un evento en el cual analizó el pretendido tributo y evidenció sus deficiencias constitucionales y técnicas. En dicho evento, además de denunciar la inconstitucionalidad de la llamada “Ley Constitucional” y la inviabilidad económica de la pretendida exacción, acogió en todos sus términos el pronunciamiento de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales en rechazo a dicho “tributo”. 
    1. Hoy, después de tres (3) años de la existencia del referido tributo, observamos que se han agudizado las causas jurídicas que generan su inconstitucionalidad, las inconsistencias técnicas del pretendido tributo y las causas económicas que lo hacen inviable. 
    1. La inconstitucionalidad que parte del origen y de la conformación de la llamada “Asamblea Nacional Constituyente” conducen a que cualquier acto que emane de ella, incluyendo la pretendida “Ley Constitucional que crea el impuesto a los grandes patrimonios”, sea absolutamente nulo. Adicionalmente, esa “ley” fue dictada en abierta violación al principio de reserva legal, ya que es la Asamblea Nacional (Poder Legislativo) la llamada a dictar las leyes de naturaleza tributaria y no la Asamblea Nacional Constituyente, cuyas funciones debieron estar encaminadas, en todo caso, a redactar una nueva Constitución Nacional. 
    1. El establecimiento de un pretendido tributo que no grave manifestaciones ciertas de riqueza de un contribuyente, hace que dicha obligación se convierta en una exacción intolerablemente inconstitucional por confiscatoria y violatoria de la capacidad contributiva. En efecto, en el estado actual del desarrollo de los derechos humanos, resulta inconcebible el pretender que una exacción afecte el derecho de propiedad y la libertad económica, sin haber pasado por una fórmula legislativa y técnica, producto de exámenes y profundos estudios de factibilidad, académicos, económicos y de consulta popular. Sin embargo, esta exacción inconstitucional pretendió hacerse imponer en el sistema normativo y fiscal venezolano de forma sorpresiva, atentando además contra los principios de certeza, seguridad jurídica y de no retroactividad de la ley. 
    1. Algunas de las inconsistencias técnicas de la instrumentación normativa de este tributo, que también derivan en su inconstitucionalidad, van desde una indeterminación y una sobrecarga discriminatoria para una categoría de contribuyentes, como son los sujetos pasivos calificados como especiales, en contra del principio de generalidad tributaria; pasando por la deslegalización y también indeterminación de los elementos esenciales del tributo, como son: (i) la base imponible, por pretender confeccionar la misma sobre métodos de valoración poco técnicos, que derivan en una exacción a los activos y no a una manifestación cierta de riqueza, que frustra el mandato de una tributación sobre la verdadera capacidad económica de los contribuyentes y que además quedan a merced del arbitrio y regulación del acreedor y no de la Ley, y (ii) las alícuotas, porque igualmente son variables según lo disponga el sujeto activo de la obligación y no por mandato de la Ley. 
    1. De igual forma, este pretendido tributo se inserta de forma desarmonizada a un sistema tributario ya bastante sobredimensionado. No se complementa con el Impuesto sobre la Renta como ocurrió en su momento con el Impuesto a los Activos Empresariales, el cual tenía algunas características similares a este Impuesto a los Grandes Patrimonios. En efecto, se pretende prohibir la deducción de lo pagado para la determinación del Impuesto sobre la Renta y se desconoce totalmente la armonización con otros tributos existentes que contienen disposiciones que regulan el valor de mercado como límite máximo para gravar a los activos, como son el impuesto de donaciones, impuesto de vehículos, impuesto sobre inmuebles urbanos e incluso los tributos pagados en otras jurisdicciones. 
    1. Pero, no conforme con lo anterior, este pretendido tributo se impone en el momento de mayor crisis económica por la que el país ha pasado. Venezuela ha sorteado varios años en hiperinflación y una devaluación que han frustrado totalmente las funciones monetarias del bolívar y que han decantado en tres (3) reconversiones monetarias en poco más de una década. En una economía que ha tenido una caída de su producto interno bruto superior al ochenta por ciento (80%) en los últimos cinco años y una crisis migratoria sin precedentes y, como si lo anterior no fuera suficiente, en medio de una crisis sanitaria y económica mundial producida por el Covid-19. Esas circunstancias constituyen razón suficiente no sólo para derogar el referido tributo, sino también para someter a revisión otros tantos vigentes en nuestro ordenamiento, tal como la AVDT lo ha venido señalando en diversas oportunidades, constando la última de ellas en el pronunciamiento de fecha 7 de abril de 2021. 
    1. Estas distorsiones y particularmente las relacionadas con el pretendido Impuesto a los Grandes Patrimonios, han sido objeto de análisis y de estudio por parte de la AVDT, lo que ha permitido denunciar -con altos estándares académicos- las distorsiones e inconstitucionalidades antes comentadas, en charlas, conversatorios y, más recientemente, en las XVIII Jornadas Venezolanas de Derecho Tributario, sobre “Patologías del sistema tributario venezolano”, celebradas en Caracas, en el año 2019, cuya relatoría, ponencias, conclusiones y recomendaciones ratificamos y damos por reproducidas en el presente pronunciamiento y a cuya revisión exhortamos. 
    1. Dado que en el próximo mes de noviembre comenzaría la temporada de declaración del pretendido tributo, la AVDT debe nuevamente rechazar la vigencia de una exacción comprobadamente inconstitucional, confiscatoria, poco técnica y a todas luces inconveniente para este momento y ante la deplorable crisis económica que aqueja en el país, siendo más bien imperioso el establecimiento de políticas fiscales destinadas al crecimiento económico y a la atracción de nuevas y mejores inversiones y no generar el efecto contrario al ahuyentar o afectar desproporcionadamente las pocas inversiones ya existentes en nuestro país.

    En Caracas, a los 21 días del mes de octubre de 2021

    Consejo Directivo de la AVDT

     

    AVDT

    Más de 50 años de actividad persistente y entusiasta en la defensa de los valores democráticos y los criterios constitucionales de tributación.

     

    [1] Publicada en la Gaceta Oficial No. 41.667 de fecha 3 de julio de 2019 (reimpresa por “error material” en Gaceta Oficial No. 41.696 de fecha 16 de agosto de 2019),

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