La superación de la crisis económica y social que atraviesa el país no se logra con simples manifestaciones de contrición discursiva y propósitos de enmienda coyunturales sin acciones concretas, palpables y reales.

La superación de la crisis económica y social que atraviesa el país no se logra con simples manifestaciones de contrición discursiva y propósitos de enmienda coyunturales sin acciones concretas, palpables y reales.

     El Presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios, La Cámara de Caracas manifestó su preocupación con la sostenida práctica de registros y notarías, que viene lesionando los derechos fundamentales de propiedad, libertad económica, asociación, así como la seguridad jurídica, valor esencial del régimen económico y social constitucionalmente previsto en el artículo 299. 

     Representantes parlamentarios y gubernamentales han llamado a la búsqueda de acuerdos necesarios para la recuperación, reactivación y crecimiento económico, sin tener en cuenta que una de las determinantes más importantes para una política económica tendente a esos fines es la confianza. De la confianza deriva la posibilidad de dar seguridad jurídica y eficacia a las transacciones entre los agentes económicos privados, entre ellos, y frente a terceros. Para ello se requiere un servicio de registros y notarías, que esté al servicio del ciudadano como obliga la Constitución, la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, la Ley Orgánica de la Administración Pública y la Ley de Simplificación de Trámites Administrativos así como responder a los principios básicos en ella establecidos, entre otros, la honestidad, celeridad, eficacia, eficiencia y transparencia, todo en una estricta sujeción al ordenamiento jurídico, tal como lo establece el artículo 141 constitucional. 

     En la actualidad, los profesionales del derecho, los agentes económicos privados y empresas interesadas en seguir produciendo, distribuyendo y comerciando bienes y prestando servicios, vienen por distintos medios elevando su angustia cívica a través de los gremios, como lo es nuestra institución que los agrupa, elevando quejas y denuncias no solo por el retardo sino en las exigencias de cobros indebidos exigencia irracionales de tasas, sin justificación en la determinación de los importes, que derivan de las magnitudes económicas legalmente establecidas, o que difieren de lo previsto en la Ley de Timbres Fiscal, la cual, por cierto, está en la agenda legislativa anunciada recientemente. 

     Adicionalmente, se producen retrasos injustificables en la tramitación, protocolización y autenticación de los documentos que instrumentan los negocios jurídicos celebrados  por aplicación criterios que desconocen o violentan las disposiciones de los Códigos Civil y Mercantil, así como las leyes especiales, en abierto desconocimiento de la Resolución Nº 019 del Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores Justicia y Paz de fecha 13 de enero de 2014 mediante el cual se dictó el «Manual que establece los requisitos únicos y obligatorios para la tramitación de actos o negocios jurídicos en los Registros Principales, Mercantiles, públicos y las Notarías». 

     La situación descrita también contradice la instrucción dada por el Presidente de la República en alocución de fecha 26 de agosto de 2020, en la cual ordenó al Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN) y a su órgano de tutela simplificar, en el lapso de 30 días, todos los trámites para abrir empresas así como cualquier otro que se realice en los registros mercantiles. 

     En una democracia, cualquier búsqueda de concertación, definición de bases consensuales para la configuración de un sistema económico establece que propugne por el crecimiento y la estabilidad económica requiere del respeto de los derechos fundamentales, de la observancia del ordenamiento jurídico y la garantía innominada de la libertad de contratación que se impone por fuerza de la razón: las convenciones entre particulares están por encima de la discrecionalidad abierta expresada en formas compulsivas sin basamento legal que las impiden. La Constitución y las leyes que la ejecutan, favorecen tal preeminencia cuando tales manifestaciones de voluntad no las contraríen. 

     La superación de la crisis económica y social que atraviesa el país no se logra con simples manifestaciones de contrición discursiva y propósitos de enmienda coyunturales sin acciones concretas, palpables y reales. Los gremios empresariales asumen su responsabilidad de procurar la formalidad y propugnar por la recuperación económica, que los órganos de gestión asuman la suya, todos en beneficio del país.  

 

Caracas, 09 de marzo de 2021 

Centenario del nacimiento de Tomás Enrique Carrillo Batalla

Centenario del nacimiento de Tomás Enrique Carrillo Batalla

Caracas, 04 de marzo de 2021

     El Comité Ejecutivo de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios, La Cámara de Caracas, manifiesta su regocijo y se adhiere a la celebración del centenario del nacimiento del insigne venezolano y académico Tomas Enrique Carrillo Batalla, figura señera de las finanzas públicas, que constituye un ejemplo digno de civismo y venezolanidad.

     En momentos de gran dificultad que atraviesa nuestro país, la trayectoria del Dr. Carrillo Batalla constituye un ejemplo extraordinario de entrega, devoción por los valores esenciales del régimen democrático, constructor afanado del Estado de derecho que procedió a su restablecimiento a partir de 1958 con una vigencia plena hasta 1998; pensador incansable en función de su perfeccionamiento y facilitador de su institucionalidad.

     En el Dr. Carrillo Batalla se resumen las condiciones deseables en el ejercicio de la función pública y liderazgo intelectual, pues no solo fue un destacado funcionario público, sino académico plural miembro de las Academias Nacionales de Ciencias Económicas, Ciencias Políticos y Sociales y de la Historia, con una prolija obra y trayectoria docente.

     Además, fue un empresario exitoso y ejemplar en varias actividades económicas, todo lo cual evidencia que estamos en presencia de un venezolano ejemplar, que la institucionalidad democrática y cívica debe resaltar sus cualidades para conocimiento y ejemplo de las nuevas generaciones.

     Hacemos llegar nuestro afectuoso saludo a la familia Carrillo Lucas, en especial, al Dr. Vicente Carrillo Batalla, miembro de nuestra Junta Directiva, así como de las doctas Corporaciones a las que se ha hecho referencia.

Pronunciamiento de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales

Pronunciamiento de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales

Por:  Texto: Vanessa Davies. Foto: Rafael Briceño-Contrapunto

     La Academia de Ciencias Políticas y Sociales, en cumplimiento de sus atribuciones legales, se dirige a la sociedad venezolana para manifestar su absoluto rechazo a la autodenominada “Ley constitucional antibloqueo para el desarrollo nacional y la garantía de los derechos humanos”, dictada por la inconstitucional Asamblea Nacional Constituyente (ANC) y publicada en la Gaceta Oficial N° 6583 del 12 de octubre de 2020.

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Fuente: Academia de Ciencias Políticas y Sociales

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