Del Estado Federal al Estado Comunal por Rafael Badell Madrid

14 Sep 2021 | De Interés

Por: Rafael Badell Madrid

     Desde sus inicios como República independiente Venezuela se ha debatido entre un sistema federal, que fue el originario, y uno unitario con fuerte concentración del poder. En buena medida esa tensión entre un verdadero federalismo y la mayor concentración del poder es reflejo o consecuencia de la confrontación, que también ha existido desde la independencia, entre el pensamiento civil y el militar. Nuestro objetivo es analizar cómo ha mutado el régimen de Estado Federal consagrado por primera vez en la Constitución de 1811, hasta nuestros días con el intento de instauración de un estado comunal.

     En efecto, veremos que el régimen de Estado Federal en Venezuela ha mutado desde un federalismo clásico establecido en la Constitución de 1811, que lo adoptó íntegra y definitivamente, no como una imitación de la forma de Estado de los Estados Unidos, sino como una forma original producto de la verdadera unión de siete provincias que decidieron confederarse dentro del territorio venezolano y formar un nuevo Estado; pasando por las sucesivas constituciones venezolanas que inmediatamente, a partir de la Constitución de 1819, redujeron significativamente el poder de las provincias y se decantaron por un modelo más centralizado y más acorde con los ideales de concentración de poder propios de los regímenes caudillistas.

     No fue sino hasta la Constitución de 1864 cuando se vislumbró nuevamente el modelo de Estado Federal que promueve la descentralización de poder. Sin embargo, dicha descentralización tampoco fue definitiva y estuvo en constante pugna con el modelo centralista, de modo que se ha producido, a lo largo de la historia constitucional venezolana una gran tesitura entre las ideas unitarias y las ideas de descentralización territorial y funcional. Destacó indudablemente el esfuerzo llevado a cabo durante la vigencia de la Constitución de 1961, cuando se trató de profundizar el Estado Federal, entendido como la repartición territorial y funcional de poderes entre las distintas entidades político territoriales: la República, los Estados y los Municipios.

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